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TASA DE INTERÉS POR MORA TRIBUTARIA

Abogados, Financieros & Asociados

Se presenta la nueva tasa de interés por mora tributaria en autodeterminación del contribuyente 2023 (en porcentajes) para el CUARTO TRIMESTRE:

Octubre – Diciembre: 0,791 %

De acuerdo con lo previsto en el artículo 21 del Código Tributario reformado por el artículo 58 de la “Ley Orgánica para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, y Estabilidad y Equilibrio Fiscal”; a partir de septiembre de 2018:

El interés anual por obligación tributaria no satisfecha equivaldrá a una vez la tasa activa referencial para noventa días determinada por el Banco Central del Ecuador en los casos en que se liquide el propio contribuyente.

Para las obligaciones tributarias establecidas luego del ejercicio de las respectivas facultades de la Administración Tributaria; el interés anual será equivalente a 1,3 veces la tasa activa referencial para noventa días establecida por el Banco Central del Ecuador.

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